El personal de servicio doméstico en casas particulares experimentará en agosto un aumento del 1,9% en sus salarios, además de un bono extraordinario cuyo monto varía según las horas trabajadas. Este incremento es fruto del reciente acuerdo paritario y se aplicará desde agosto hasta diciembre de 2026, estableciendo una serie de reajustes mensuales y la entrega de una suma extraordinaria no remunerativa. De este modo, se ajustan los salarios de los distintos categorías de trabajadores, tanto para aquellos que trabajan por hora como por mes, con o sin retiro. Detalles sobre los aumentos en los próximos meses En agosto, el aumento será del 1,9% respecto a los salarios de julio de 2026. Las futuras actualizaciones hasta fin de año se distribuirán de la siguiente forma: Agosto: 1,9% y bono. Septiembre: 1,8%, junto con la incorporación al salario básico del 25% de la suma no remunerativa de agosto. Octubre: 1,7%, más la incorporación al básico del 50% de la suma no remunerativa de agosto. Noviembre: 1,6%, sumado al básico del 25% de la suma no remunerativa de agosto. Diciembre: 1,6%. Detalles sobre el bono no remunerativo para empleadas domésticas La entrega del bono extraordinario se calcula según las horas trabajadas a la semana: $8000 para menos de 12 horas, $11.500 para menos de 16 horas y más de 12 horas, y $20.000 para más de 16 horas semanales. Salarios básicos mínimos tras el aumento de agosto Los salarios básicos mínimos establecidos en el nuevo acuerdo son: Para tareas generales, por hora, con retiro $3804,66 y sin retiro $4072,38. Para aquellos empleados con contrato mensual, los valores referentes para agosto de 2026 son: TAREAS GENERALES con retiro $466.756,23 y sin retiro $514.903,51. Registro de trabajadores de casas particulares en ARCA La formalización del vínculo laboral es fundamental y todos los empleadores deben registrar a su personal en ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), independientemente de las horas trabajadas o la modalidad. Este registro se puede realizar de forma virtual siguiendo los siguientes pasos: Ingresar en la web de ARCA con clave fiscal. Si no se cuenta con una clave, se debe solicitar. Cargar los datos del empleado, donde el sistema permite recuperar automáticamente información asociada a su número de CUIL. Ingresar el domicilio del trabajador, seleccionándolo de la base si ya está registrado o introduciendo uno nuevo si no es así. Ingresar los detalles del trabajo y describir la relación laboral, especificando tipo de trabajo, horas semanales, modalidad de pago, remuneración, tipo de trabajo, fecha de ingreso y carácter temporal o fijo. También se debe indicar el domicilio laboral, seleccionando uno existente de la lista o ingresando uno nuevo. Finalmente, el sistema mostrará toda la información cargada para que el empleador pueda verificar y confirmar o modificar según sea necesario.









