La CUP —Clave Única PAMI—, aunque generalmente se la considera una herramienta para acceder a medicamentos, es en realidad la plataforma que utilizan médicos y otros prestadores autorizados. El afiliado no necesita acceder al sistema, crear contraseña o descargar una aplicación para consultar sus prescripciones. Es el profesional quien tiene acceso, valida su identidad y genera la receta electrónica, que luego estará disponible para su dispensación.
El funcionamiento del sistema CUP de PAMI es el siguiente: los profesionales acceden al sistema de recetas con su usuario y contraseña de CUP. En su primera utilización, deben validar su identidad a través del Renaper, utilizando su número de DNI, el número de trámite del último documento emitido y su sexo. Posteriormente, vinculan una aplicación de autenticación mediante un código QR, la cual genera una clave temporal de seis dígitos que se solicita cada 24 horas o al cambiar de dispositivo, según la información facilitada en el portal de PAMI para prestadores.
Una vez que el médico completa el acceso, ingresa la indicación y firma electrónicamente. La receta es enviada automáticamente al sistema accesible por las farmacias adheridas. PAMI puede notificar al afiliado mediante un mensaje de texto o correo electrónico, informándole que la prescripción ya está disponible, aunque esta notificación no es un requisito para retirar el medicamento. El afiliado puede presentarse directamente con su DNI y credencial, y también se permite que una persona de su confianza acuda con dicha documentación.
Sin embargo, la eliminación del uso de papel no abarca todos los tratamientos. Para medicamentos oncológicos y algunos tratamientos especiales, el médico debe imprimir la receta electrónica y añadir su firma y sello originales. En el caso de los psicofármacos, el afiliado debe presentar un duplicado en papel, además de la receta generada por el sistema. Estas excepciones surgen de circuitos específicos de control y dispensación, por lo que es recomendable consultar al profesional antes de acudir a la farmacia.
Si la receta no figura en el sistema, lo primero es corroborar con el médico que haya sido emitida correctamente. También es importante asegurarse de que la farmacia esté asociada a PAMI y llevar la credencial y el DNI actualizados. Una captura de pantalla, un correo o un mensaje que confirme la receta pueden ayudar a localizarla, pero no sustituyen la validación que se realiza en el sistema. Además, se desaconseja compartir contraseñas, códigos temporales u otros datos de acceso.
Sobre las recetas manuscritas, a partir del 1° de enero de 2025, la receta electrónica será el único formato válido para prescribir medicamentos en el país. Las plataformas que se utilicen deben estar registradas ante el Ministerio de Salud, e incluir la identificación del profesional, los datos del paciente, el medicamento indicado, la fecha y la firma digital. Esta normativa busca mejorar la trazabilidad, minimizar errores de interpretación y facilitar el intercambio de información con las farmacias.
No obstante, la receta manuscrita se mantiene como una opción excepcional en zonas de difícil acceso, en lugares sin conectividad o durante interrupciones temporales de los sistemas. El Boletín Oficial clasifica la receta en papel con firma manuscrita como un recurso de contingencia ante problemas tecnológicos. Para los afiliados de PAMI, la regla general es clara: el DNI y la credencial son suficientes para la mayoría de los medicamentos, pero ciertos tratamientos como los psicofármacos y oncológicos requieren verificar previamente la documentación necesaria.









