Durante el proceso, la mujer expuso que su dedicación al cuidado de los hijos y a las tareas domésticas le impidió desarrollar una carrera profesional, lo que le ha dejado con limitadas oportunidades de independencia económica tras la separación. Actualmente, reside en la vivienda familiar junto a sus hijos y obtiene ingresos únicamente a través de trabajos temporales y actividades de peluquería, sin estabilidad laboral.
En su demanda, inicialmente solicitó $10.000.000 para poder iniciar un emprendimiento y mejorar su situación económica. La mujer argumentó que su dedicación exclusiva al hogar afectó sus oportunidades de capacitación y empleo.
El expareja de la demandante refutó estos reclamos, afirmando que ella tuvo chances de estudiar y laborar durante su convivencia. También mencionó que realizó cursos de peluquería y actividades comerciales, además de cumplir con la cuota alimentaria de su hija menor.
Tras evaluar testimonios y documentación, la magistrada concluyó que los ingresos de la mujer eran insuficientes y marcadamente inferiores a los de él, quien se encuentra empleado de forma estable. La sentencia se fundamentó en el artículo 524 del Código Civil y Comercial, que permite la compensación económica cuando la disolución de una unión convivencial causa un notorio desequilibrio entre las partes.
Además, la jueza utilizó una perspectiva de género, reconociendo que la distribución tradicional de roles durante más de dos décadas influyó directamente en el desarrollo laboral y la autonomía económica de la mujer.
Aunque la demandante había solicitado $10 millones, el tribunal resolvió fijar la indemnización en $5.000.000, teniendo en cuenta que no se logró demostrar completamente el costo del emprendimiento que la mujer planeaba iniciar y que ella sigue viviendo en la casa familiar. Asimismo, la decisión estipula que cada parte deberá cubrir sus propios gastos judiciales.









