Mediante el Decreto 566/2026, el Poder Ejecutivo establece un 0% de retenciones para numerosas posiciones arancelarias y anuncia un esquema de disminución gradual para otros productos, especialmente en los sectores de la industria química, petroquímica, fertilizantes y derivados del petróleo.
Más que una reducción general, la normativa exige a las empresas exportadoras realizar un análisis técnico de sus operaciones: el beneficio dependerá de que el producto exportado esté incluido en las posiciones de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que figuraban en los anexos del decreto.
El decreto presenta tres esquemas diferentes.
Por un lado, establece un 0% de derechos de exportación para un amplio rango de bienes industriales, vigente a partir del 2 de julio de 2026.
Paralelamente, se establece un régimen escalonado para otras posiciones arancelarias que actualmente tributan tasas del 4,5% y del 3%. Estas retenciones comenzarán a disminuir a partir de julio y se eliminarán completamente el 1° de junio de 2027.
Adicionalmente, ciertos aceites de petróleo y sus derivados contarán con un cronograma específico de reducción, iniciando con una tasa del 7,3333% durante julio y bajando gradualmente hasta alcanzar también el 0% en junio de 2027.
Los fundamentos de esta medida indican que su propósito es “fortalecer la posición competitiva de la producción nacional”, incentivar el empleo, promover el agregado de valor y facilitar una mayor inserción internacional de la industria argentina.
Aunque los anexos del decreto incluyen cientos de posiciones arancelarias, se pueden identificar algunos grandes sectores industriales beneficiados por esta decisión.
Por ejemplo, en la industria automotriz, se indica que es un sector estratégico que representa aproximadamente el 10% de la producción industrial argentina, posicionando al país en el cuarto lugar mundial en el segmento de pick-ups.
Un aspecto clave de la medida radica en la clasificación aduanera de cada producto.
Las empresas deberán prestar especial atención a: la posición NCM con la que registran sus exportaciones; si esa posición se encuentra en alguno de los tres anexos; si aplica una eliminación inmediata o una reducción gradual; la tasa vigente para cada etapa del cronograma; el impacto en contratos de exportación previamente firmados.
En muchos casos, será recomendable que esta revisión se realice junto al despachante de aduana o con el área de comercio exterior de cada empresa, dado que una misma familia de productos puede incluir posiciones beneficiadas y otras que continúan con el tratamiento anterior.
La reducción de los derechos de exportación no solo afecta la carga tributaria, sino que también puede incidir en la rentabilidad de operaciones ya planificadas.
De este modo, las empresas exportadoras deberán considerar:
En ciertas circunstancias, una reducción de algunos puntos porcentuales en los derechos de exportación podría transformar notablemente la rentabilidad de operaciones industriales de gran escala.
Industria Automotriz y Transporte (Capítulo 87): Incide directamente en la exportación de vehículos para el transporte de personas y mercancías, además de las carrocerías correspondientes a las posiciones NCM `8702`, `8703`, `8704` y `8707`.
Insumos Químicos y Plásticos (Capítulos 29 y 39): Se incluyen hidrocarburos cíclicos y alcoholes acíclicos como el metanol (NCM `2905.11.00`), así como polímeros de etileno, propileno, estireno y PVC en formas primarias de las series NCM `3901`, `3902`, `3903` y `3904`.
Fertilizantes para el Agro (Capítulo 31): Comprende el nitrato de amonio y abonos minerales o químicos fosfatados y con elementos fertilizantes de las posiciones NCM `3102.30.00`, `3103.19.00`, `3105.40.00` y `3105.90.90`, entre otros.
Caucho y derivados (Capítulo 40): Abarca el caucho natural, caucho sintético (SBR), mezclas y compuestos en formas primarias de las series NCM `4001`, `4002` y `4005`.
A diferencia de otras medidas fiscales que afectan sectores enteros, esta reforma se centra en posiciones específicas de la Nomenclatura Común del Mercosur.
Por lo tanto, dos empresas que operan en el mismo sector podrían recibir un tratamiento distinto según el producto exacto que exporten.
Este detalle técnico hace que la revisión de la posición arancelaria sea el paso más crucial para determinar si una empresa podrá beneficiarse de la eliminación o reducción de las retenciones.









