A continuación se presentan los puntos más relevantes del nuevo régimen:
Los empleadores privados que cuenten con relaciones laborales no registradas o inadecuadamente registradas, que hayan comenzado hasta el 5 de marzo de 2026 y que estén en vigencia al momento de la adhesión, podrán sumarse al régimen.
Este régimen abarca tanto a los trabajadores que nunca fueron registrados como a aquellos para quienes los empleadores informaron una fecha de ingreso posterior a la real o reportaron salarios inferiores a los efectivamente percibidos.
La regularización se podrá llevar a cabo hasta el 28 de noviembre de 2026, alcanzando las obligaciones generadas hasta octubre de este año.
Las reducciones sobre la deuda previsional no condonada varían según el tamaño del empleador:
Se condona el 100% de la deuda relacionada con el Sistema Nacional del Seguro de Salud, los Riesgos del Trabajo y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio correspondiente a los trabajadores que sean regularizados.
Los empleadores tendrán la opción de pagar de manera anticipada o mediante un plan de facilidades administrado por ARCA.
Aquellos que salden la deuda restante en un solo pago podrán beneficiarse de una reducción adicional del 50% sobre la porción no condonada.
Los planes de pago ofrecen financiación con una tasa fija del 1% mensual, con cuotas iguales y consecutivas.
El incumplimiento en el pago de dos cuotas, ya sean consecutivas o alternadas, resultará en la caducidad automática del beneficio. En este caso, se perderán las condonaciones y ARCA podrá reclamar el total de la deuda.
Con esta reglamentación, el Gobierno tiene como objetivo estimular la formalización del empleo en el sector privado y disminuir los niveles de informalidad laboral a través de incentivos económicos para los empleadores que regularicen su situación.









