Por lo tanto, el salario bruto mínimo que se aplicará en este caso será de $3.505.431. En el caso de un empleado que tenga cónyuge y dos hijos, el umbral de salario neto a partir del cual comenzará a tributar se establecerá en $3.386.017, lo que se traduce en un bruto de $4.079.590.
Dado que durante la primera mitad del año las retenciones por parte de los empleadores se realizaron conforme a una tabla anterior, y dado que el Impuesto a las Ganancias se calcula de manera anual, se espera que en la segunda mitad del año muchos empleados enfrenten saldos a favor.
Las deducciones primordiales para los trabajadores en relación de dependencia incluirán, entre otras, diversas categorías específicas de gastos.
Además, los trabajadores autónomos iniciarán su obligación tributaria desde un ingreso mensual de $2.256.489,46.
Es importante recordar que en julio se llevará a cabo la recategorización del monotributo, la cual se basa en la facturación de los últimos 12 meses para establecer la categoría del trabajador independiente, considerando también parámetros como el tamaño del local y el consumo de energía.
Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, destacó que “la recategorización de julio de 2026 no es un trámite formal menor, ya que define la carga tributaria y previsional mensual del contribuyente hasta el vencimiento de enero de 2027 y, en los casos más significativos, puede determinar la permanencia en el régimen o la exclusión hacia el régimen general”.
“El análisis de los doce meses de actividad, contrastado con la categoría que ARCA sugiere de manera automática, es la vía adecuada para evitar diferencias, intereses y sanciones posteriores”, concluyó.









