Esta medida fue formalizada a través de la Resolución General 5858/2026, que fue publicada en el Boletín Oficial. En el documento, el organismo justificó la implementación del régimen al señalar que el sector enfrenta una complicada situación económica y financiera, lo que demanda herramientas específicas para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y asegurar la continuidad en la prestación de servicios de salud.
De acuerdo con la normativa, son elegibles para el régimen las deudas que hayan vencido y las multas impuestas hasta el 31 de mayo de 2026, aunque la adhesión no conlleva la reducción de intereses ni la eliminación de sanciones.
El programa permitirá financiar las deudas en hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Para iniciar el pago, se requerirá un anticipo del 3% sobre el monto consolidado, y cada cuota tendrá un valor mínimo de $50.000.
La tasa de financiación se fijará en el 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente al 9 de junio de 2026, conforme a lo que establece el Ministerio de Economía.
Los contribuyentes interesados en acceder a este beneficio deberán estar en la lista que el Ministerio de Salud enviará a ARCA y tener la clasificación de “481 – Establecimientos de Salud con Internación” en el sistema del organismo recaudador.
Sin embargo, están excluidos de este régimen, entre otros conceptos, los aportes y contribuciones destinados a obras sociales, las cuotas de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), anticipos y pagos a cuenta, ciertas obligaciones relacionadas con el IVA, así como planes de facilidades de pago que ya estén en curso.
Asimismo, no podrán adherir al régimen aquellas personas o empresas que cuenten con condenas firmes por delitos tributarios, aduaneros o relacionados con el incumplimiento de obligaciones fiscales y previsionales.
El periodo para acogerse a este régimen abarcará desde el 9 de junio hasta el 30 de septiembre de 2026, a través del servicio “Mis Facilidades” de ARCA.
La normativa también establece que los planes se darán por caducados automáticamente si se registran dos cuotas impagas, ya sean consecutivas o alternadas, o si no se cancela la última cuota del acuerdo en un plazo superior a 60 días. En esas situaciones, ARCA podrá iniciar acciones judiciales para cobrar la deuda pendiente.
Por otro lado, el Gobierno declaró en situación de crisis a cinco obras sociales tras identificar incumplimientos en áreas contables, financieras y de atención. Esta decisión fue oficializada mediante una serie de resoluciones publicadas en el Boletín Oficial por la Superintendencia de Servicios de Salud.
Las resoluciones 934, 935, 936, 937 y 938 indican que todas las obras sociales involucradas presentaron un “factor de criticidad superior al valor límite” establecido en el Decreto 1400/2001, normativa que regula el manejo de situaciones de crisis en el ámbito del seguro de salud.
Las entidades afectadas son la Obra Social de Maquinistas de Teatro y Televisión, la Obra Social del Personal de Dirección de la Empresa Subterráneos de Buenos Aires, la Obra Social Modelos Argentinos, la Obra Social de Serenos de Buques y la Obra Social de Obreros de Empacadores de Fruta de Río Negro y Neuquén.
La Superintendencia de Servicios de Salud explicó que los incumplimientos abordan diversos aspectos, desde el cumplimiento de normativas hasta la atención proporcionada a los afiliados, señalando fallos en la presentación de memorias y balances, así como en los presupuestos de gastos, estados financieros y estadísticas de prestaciones médicas.
En particular, se identificaron problemas en la Obra Social del Personal de Dirección de la Empresa Subterráneos de Buenos Aires relacionados con el Programa Médico Obligatorio y la actualización de las autoridades y del padrón de afiliados.
Por otro lado, la Obra Social de Obreros de Empacadores de Fruta de Río Negro y Neuquén fue objeto de observaciones referentes a la lista para beneficiarios y la documentación del Programa Médico Obligatorio.
Las resoluciones obligan a las cinco entidades a presentar un “Plan de Contingencia” en un plazo máximo de 15 días tras la notificación oficial. Este plan debe contener metas trimestrales de cumplimiento y acciones concretas que apunten a mejorar la situación detectada. Además, se autorizó a las diversas gerencias que forman parte del Comité de Evaluación y Seguimiento de Crisis y Liquidación de los Agentes del Seguro de Salud para supervisar el progreso de cada caso.
El organismo enfatizó que estas medidas fueron adoptadas tras los informes del primer trimestre de 2026 y recordó que el régimen vigente contempla mecanismos de control especiales para garantizar que se mantenga la atención a los afiliados durante el proceso de regularización.







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